Durante el tiempo de la criopreservación, se desarrolla una gestión que debemos seguir, en cumplimiento con el artículo 11 de la Ley 14/2006 de la Legislación española.
Por ello, en IVI contamos con la Unidad de Criogestión, para proporcionar la ayuda y atender de forma personalizada a todas las consultas que nuestros pacientes consideren necesarias, manteniendo un contacto periódico con ellos y poniendo a su disposición los medios posibles para que puedan en todo momento decidir, renovar o modificar el destino de sus preembriones crioconservados.
Facilitamos detalladamente a nuestras pacientes o parejas progenitoras las opciones posibles y deben firmar un consentimiento informado en el que autoricen el destino elegido. Este consentimiento deberá ser renovado cada año. En cada renovación, se podrá modificar el destino de los preembriones criopreservados.
En materia de reproducción asistida, la ciencia se encuentra en constante evolución, así como las leyes que regulan sus descubrimientos. Por tanto, es muy importante que éstas se adapten a los posibles tratamientos de fertilidad, para que todas las personas puedan hacer uso de las técnicas de manera legal.
En este ámbito, España posee una ley donde se contemplan todos los posibles casos y que regula la actuación de los profesionales: Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida y esta Ley también especifica las opciones que existen en lo que respecta al destino de los preembriones sobrantes.
El destino de los preembriones criopreservados depende por tanto de la Legislación que regula las técnicas de reproducción asistida en España, pero también de la decisión de la propia pareja o paciente.
En la Unidad de Criogestión IVI estamos especializados y dedicados exclusivamente al mantenimiento de los preembriones y gametos crioconservados que permanecen en los bancos de nuestras clínicas IVI.