Gestión de Congelados

Cuando una persona o pareja se somete a un tratamiento reproductivo de fecundación in vitro, es frecuente que existan preembriones sobrantes al final del tratamiento. Los preembriones sobrantes que no sean transferidos a la mujer en su ciclo reproductivo, serán criopreservados mediante la técnica de vitrificación, manteniendo intacto su potencial para posibles futuros tratamientos sin comprometer sus tasas de supervivencia.

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¿Por qué es útil esta unidad?

¿Por qué es útil esta unidad?

En materia de reproducción asistida, la ciencia se encuentra en constante evolución, así como las leyes que regulan sus descubrimientos. Por tanto, es muy importante que éstas se adapten a los posibles tratamientos de fertilidad, para que todas las personas puedan hacer uso de las técnicas de manera legal.

En este ámbito, España posee una ley donde se contemplan todos los posibles casos y que regula la actuación de los profesionales: Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida y esta Ley también especifica las opciones que existen en lo que respecta al destino de los preembriones sobrantes.

El destino de los preembriones criopreservados depende por tanto de la Legislación que regula las técnicas de reproducción asistida en España, pero también de la decisión de la propia pareja o paciente.

En la Unidad de Criogestión IVI estamos especializados y dedicados exclusivamente al mantenimiento de los preembriones y gametos crioconservados que permanecen en los bancos de nuestras clínicas IVI.

¿Qué servicios ofrece?

  • Comunicaciones con los pacientes, con el fin de que puedan en cualquier momento elegir, renovar o modificar su consentimiento informado sobre el destino de sus preembriones.
  • Gestión del cobro del mantenimiento de las muestras crioconservadas
  • Gestión de los preembriones donados a otras parejas con fines reproductivos
  • Gestión de los preembriones donados a investigación
  • Gestión de mantenimiento de los ovocitos vitrificados
  • Asesoramiento a la paciente en los idiomas castellano, inglés, francés, italiano, alemán, neerlandés, polaco y portugués
  • Teléfono: +34 900 924 575
  • Correo electrónico: criogestion@ivirma.com 

Preguntas frecuentes

Una vez vitrificados, los ovocitos pueden permanecer congelados durante años, sin sufrir ningún tipo de deterioro o modificación.

La legislación española permite conservar los ovocitos y preembriones mientras la mujer se encuentre en condiciones adecuadas para usarlos en un tratamiento que tenga posibilidades razonables de éxito, o que no suponga ningún riesgo grave para su salud, física o psíquica, o de la posible descendencia. Atendiendo a la experiencia clínica, tanto de IVI como de la inmensa mayoría de clínicas de reproducción asistida de España, se considera que, con carácter general, esas condiciones adecuadas dejan de cumplirse cuando la mujer alcanza los 50 o 51 años -dependiendo de la situación clínica de cada mujer-, estando claramente desaconsejadas las gestaciones a partir de esa edad. 

En determinadas situaciones puede que la gestación por parte de la paciente esté desaconsejada antes de que alcance la edad anteriormente indicada. En este caso, si la paciente aporta dos certificados médicos de especialistas externos que acrediten que ya no cumple con los requisitos médicos para realizar un tratamiento de Reproducción Asistida, los ovocitos o preembriones podrán ser descartados.

 

Una de las principales preocupaciones a la hora de transferir preembriones vitrificados es la tasa de éxito.

La probabilidad de embarazo es prácticamente igual a cuando se utilizan preembriones en fresco.

Sí, es posible. Bastará con que abone la cuota anual correspondiente. Es importante que tengas en cuenta que, si tus condiciones clínicas no son las adecuadas para afrontar un tratamiento de Reproducción Asistida, IVI podrá rechazar fecundar tus ovocitos o realizar la transferencia de los preembriones congelados

No. Tal y como recoge la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida, la donación es 100% anónima, por lo que no será posible destinar los preembriones para tratamientos de familiares o amigos.

Puedes encontrar la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida en el siguiente enlace: (https://www.boe.es/eli/es/l/2006/05/26/14/con)

También son de aplicación el RDL 9/2014 (https://www.boe.es/eli/es/rdl/2014/07/04/9/con) y el RD 412/1996 (https://www.boe.es/eli/es/rd/1996/03/01/412).

Es posible conservarlos, pero la Legislación actual no lo contempla y tampoco podemos asegurar que sea factible en un futuro.

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